Lo que usted debe saber sobre el Catastro Multipropósito y el Registro Universal de Ingresos del Sisbén

El Departamento Nacional de Planeación se permite informar a la ciudadanía que la propiedad de inmuebles no es causal de exclusión del SISBÉN o afecta la clasificación en el nuevo Registro
Universal de Ingresos (RUI) con base en las siguientes precisiones:

A. ¿El Catastro Multipropósito cambia mi puntaje del Sisbén? NO. El catastro y el Sisbén son sistemas separados: el Catastro Multipropósito es un inventario técnico de los predios del país: registra dónde están, qué tamaño tienen, para qué se usan y cuánto valen. Su único efecto directo es actualizar la base sobre la que los municipios calculan el impuesto predial.

El Sisbén, en cambio, clasifica a las personas y familias según sus condiciones de vida para que puedan acceder a programas sociales. Esa clasificación la determina el RUI (Registro Universal de Ingresos), que mide los ingresos reales del hogar, no el valor de su propiedad. El avalúo de su predio NO modifica su puntaje en el Sisbén ni en el RUI.

B. ¿Tener un predio como una finca o una casa me quita los subsidios o
programas sociales?
NO. Ser dueño de un inmueble NO es causal de exclusión del Sisbén ni del RUI: Millones de campesinos, pequeños propietarios y familias en situación de pobreza son dueños de una vivienda o de una parcela. Tener ese bien no les impide estar en el Sisbén ni recibir subsidios del Estado.
La tenencia de una propiedad solo afecta la clasificación en el RUI si dicha propiedad
genera una rentabilidad económica que sea reportada en las bases de datos oficiales.

• Si una propiedad genera ingresos por arriendos y estos figuran en los registros
de la DIAN, se contabilizarán como ingresos no laborales.
• Otros ingresos no laborales incluyen pensiones, intereses, cesantías, entre otros.
¿Qué mide el RUI para clasificarle?
• Ingresos laborales: (salario, honorarios, trabajo independiente) reportados en
sistemas como la PILA o la nómina electrónica.
• Ingresos no laborales: arriendos que aparecen en la DIAN, pensiones,
intereses, cesantías.
• Un ingreso estimado para quienes no tienen información disponible en registros
oficiales.

C. Dicen que el catastro me convierte en «millonario en papel» y que por eso
perderé los subsidios. ¿Es cierto?

NO. Ese argumento confunde el valor del predio con el ingreso del propietario: El Catastro Multipropósito puede actualizar el valor de su finca o terreno para que se acerque al valor real del mercado. Pero ese valor actualizado no es dinero que usted tiene en el bolsillo ni un ingreso que usted recibe. El RUI, el sistema que define su clasificación social, mide lo que entra a su hogar mes a mes, no el precio de venta de su tierra. Un campesino que tiene una parcela avaluada en 50 millones de pesos pero que vive de lo que produce puede seguir siendo clasificado como de bajos ingresos si sus ingresos reales así lo reflejan. Que su predio valga más en el catastro no lo hace más rico en el Sisbén. Son cosas distintas.
Al respecto, Planeación Nacional garantiza:

• Que ningún colombiano pierda su clasificación en el Sisbén o sus programas sociales por el solo hecho de tener registrado un predio en el catastro.
• Que el RUI mida los ingresos reales de los hogares, no el valor del suelo.
• Que la Mesa Nacional de Negociación, instalada este 13 de abril en el IGAC, aborde las preocupaciones de las comunidades con información técnica veraz.
• Que la ciudadanía reciba información clara, sin tecnicismos, para que nadie tome
decisiones con base en rumores.

Planeación Nacional continuará incorporando fuentes de información adicionales a
medida que estén disponibles para asegurar que la clasificación de cada ciudadano
refleje su realidad socioeconómica actual.