Suspenden términos en actuaciones administrativas de la Dirección de Recaudo y Fiscalización de Boyacá

Mediante la Resolución 0403 de 2023, fueron suspendidos los términos en todo tipo de actuaciones administrativas de competencia de la Dirección de Recaudo y Fiscalización, así como de la Subdirección de Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda, como consecuencia del ataque cibernético global que afectó también a los sistemas de tributos de Boyacá.

Como es de conocimiento público, el ataque cibernético global presentado desde días atrás, también afectó a distintas entidades nacionales y empresas, entre las que están: Consejo Superior de la Judicatura, Superintendencia de Salud y Superintendencia de Industria y Comercio, por ejemplo.

En el territorio, los servicios de suministro de software para la liquidación, recaudo, control y fiscalización de los siguientes tributos fueron afectados: impuesto sobre vehículos automotores, impuesto de registro, impuesto de loterías foráneas, impuesto al degüello, sobretasa a la gasolina, y las estampillas pro cultura, pro desarrollo, pro electrificación rural, pro adulto mayor, tasa pro deporte y recreación.

Los procesos de migración de la información y configuración de los sistemas, requieren de tiempo para restablecer el servicio y garantizar la integridad de los datos y la información del Departamento.

La suspensión de términos empezó el 12 e irá hasta el día 20 de septiembre de este año. Sin embargo, si el servicio se reestablece antes de la fecha señalada, se levantará la suspensión mediante acto administrativo.

Por otra parte, las actividades y servicios de atención presencial continúan en las dependencias de la Dirección de Recaudo y Fiscalización y la Subdirección de Cobro Coactivo.

Esta suspensión de términos aplica así mismo para los términos de decisión y respuesta, prescripción o caducidad de los procesos administrativos que se adelantan en esas dos dependencias de la Secretaría de Hacienda.

Conozca aquí la Resolución: https://www.boyaca.gov.co/secretariahacienda/resolucion-no-00000403-del-13-de-septiembre-de-2023/