Cuatro productos a base de cannabis ya cuentan con registro sanitario Invima
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima, cumpliendo con lo establecido en la resolución 227 de 2022, emitida por Minsalud, y lo reglamentado por el decreto 811 de 2021, ya ha autorizado el registro sanitario a alimentos y bebidas con cannabis.
Revisada la base de datos de registros sanitarios, la Dirección de Alimentos y Bebidas reportó a la fecha cuatro productos con cannabis como ingrediente que ya cuentan con autorización para ser comercializados en el territorio nacional.
Los siguientes son los productos con cannabis que ya tienen registro sanitario Invima:
RSA-0019737- 2022, KASA WHOLEFOODS COMPANY S.A.S, ATÚN CON VARIEDADES: LOMITOS DE ATÚN EN ACEITE VEGETAL; LOMITOS DE ATÚN EN ACEITE GIRASOL; LOMITOS DE ATÚN EN ACEITE OLIVA; LOMITOS DE ATÚN EN ACEITE DE CÁÑAMO; LOMITOS DE ATÚN EN AGUA; TROZOS DE ATÚN EN ACEITE VEGETAL; TROZOS DE ATÚN EN ACEITE GIRASOL; TROZOS DE ATÚN EN ACEITE OLIVA; TROZOS DE ATÚN EN ACEITE DE CÁÑAM.
NSA-0013505- 2023, MARIELA GALINDO TORRES, PAN VARIEDADES: 1) CON BANANO Y FRUTOS SECOS, 2) MANZANA VERDE Y FRUTOS SECOS, 3) CAFÉ Y FRUTOS SECOS, 4) CHOCOLATE Y FRUTOS SECOS, 5) CAFÉ, CANNABIS, FRUTOS SECOS Y SEMILLAS, 6) CHOCOLATE, CANNABIS (DECRETO 811 DE 23 DE JULIO DE 2021 – ART. 3, NRO. 11), FRUTOS SECOS Y SEMILLAS, 7) FRUTOS, CREMA Y ESPECIES, 8).
RSA-0011462- 2021, SOCIEDAD DE COMERCIALIZACION INTERNACIONAL AGRICOLAS UNIDAS S.A. C I AGRICOLAS UNIDAS S.A., JUGO O ZUMO DE NARANJA, MANDARINA, TORONJA, MORA, UVA, LIMON, MANGO, PIÑA, BANANO, FRESA Y MEZCLAS: NARANJA+ MANGO, NARANJA+ PIÑA, NARANJA+ MANDARINA, NARANJA+ BANANO+ FRESA. EXCELENTE FUENTE DE VITAMINA C, 100% NATURAL, SIN CONSERVANTES, 100% JUGO O ZUMO DE FRUTA. MEZCLAS: NARANJA + ZANAHORIA,
CON O SIN ADICIÒN DE VITAMINAS Y MINERALES (VITAMINAS A Y D, ZINC), CON O SIN ADICIÒN DE C B D.
RSA-0021810- 2022,NOOKDRINKS S.A.S, BEBIDA ENERGIZANTE – CANNABIS ENERGY DRINK®
Para este tipo de productos la concentración de cannabinoides permitida es:
THC: No podrán contener una cantidad igual o superior al límite de fiscalización señalado por el Ministerio de Salud y Protección Social, que corresponde al 0,2%.
CBD: Transitoriamente los alimentos y bebidas alcohólicas no deben contener
CBD, por lo que su resultado analítico deberá ser no detectable.