Décima Tercera Brigada expide nueva circular sobre el porte de armas de fuego

La medida deja sin efecto la suspensión general establecida mediante la Resolución 00000248 de enero de 2026, que había suspendido, con efecto retroactivo desde las 00:00 horas, del 1 de enero, hasta las 24:00 horas, del 31 de diciembre de 2026, la vigencia de los permisos para el porte de armas de fuego y armas traumáticas expedidos a personas naturales y jurídicas.

La Décima Tercera Brigada recuerda que esta disposición no habilita el porte de armas cuyos permisos se encuentren vencidos, suspendidos individualmente, cancelados o revocados, ni aquellos sobre los cuales exista una prohibición legal o judicial, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 1368 de 2026.

La Circular 00007540 de 2026 rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos de manera inmediata. La Décima Tercera Brigada invita a los ciudadanos a verificar la vigencia y las condiciones de sus permisos antes de portar un arma de fuego, y a cumplir estrictamente la normatividad vigente.