El 30 de junio termina el descuento del 100% en el pago del impuesto vehicular en Boyacá
La Asamblea de Boyacá aprobó en 2023 el proyecto de ordenanza que concedió el ciento por ciento de descuento en el pago del impuesto sobre vehículos automotores, a las personas que efectuaran el traslado de su matrícula al departamento de Boyacá entre el 16 de mayo al 31 de diciembre de ese año.
Ahora, Sandra Marcela Villegas, secretaria de Hacienda de la Gobernación de Boyacá, hace énfasis en la importancia de presentar la declaración de impuestos para que los boyacenses y colombianos que realizaron este trámite, no pierdan el beneficio.
“Agradecemos a las personas que, con el traslado de su matrícula al departamento, apoyan el desarrollo económico de nuestra región. Para nosotros es importante que quienes efectuaron este trámite no vayan a perder los beneficios otorgados por la Ordenanza 005 de 2023 y el descuento que ésta generó. Por esa razón, hacemos énfasis en la obligación de los contribuyentes en presentar la declaración de impuestos antes del 30 de junio, de la vigencia 2024”, afirmó la funcionaria.
Julián Antonio Piña, director de Recaudo y Fiscalización de la Secretaría de Hacienda, explicó que el otorgamiento de los beneficios previstos no excluye el cobro por servicios administrativos liquidados en la declaración tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 340 de la Ordenanza 030 de 2017.
El funcionario también hace énfasis en la aplicación de descuentos obtenidos en años anteriores.
“El beneficio es diferente para las personas que trasladaron sus matrículas en vigencias anteriores al 2024, ya que estas tienen un descuento equivalente al 50% para la primera vigencia y del 20% para la vigencia posterior. Esto, bajo la ordenanza 022 de 2021”, indicó Piña.
De esta manera, los beneficiarios deberán presentar ante la Dirección de Recaudo y Fiscalización los siguientes documentos:
* Copia de la comunicación de traslado de matrícula del vehículo automotor expedida por el organismo de tránsito de origen.
* Copia de la licencia de tránsito del vehículo automotor correspondiente (si ya se efectuó la radicación de la cuenta).
* Solicitud diligenciada de la actualización de datos del nuevo contribuyente (suministrada por el Gobierno departamental).