
983 personas prestarán su servicio como jurados de votación en Casanare
Un total de 983 docentes y estudiantes entre los 14 y 60 años (201 menores de edad y 782 mayores de edad) de instituciones educativas de carácter público y privado fueron seleccionados como jurados de votación en Casanare para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud del próximo 19 de octubre.
Dichos jurados de votación, de los cuales 796 son titulares y 187 son remanentes, fueron designados mediante sorteos realizados el 16,17 y 19 de agosto en la plataforma dispuesta por la Registraduría Nacional con este fin.
Los sorteos contaron con el acompañamiento de representantes de los organismos de control, los comités organizadores de las elecciones de los Consejos de Juventud, las agrupaciones políticas, la Misión de Observación Electoral (MOE), el Tribunal de Garantías Electorales para Casanare, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y las autoridades municipales.
A partir del 3 de septiembre, los interesados podrán consultar si fueron designados como jurados de votación en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, www.registraduria.gov.co, dando clic en la opción ‘Electoral’ y luego en el botón ‘Consulta Jurado de Votación’. Allí también se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación.
Las capacitaciones a los jurados de votación se llevarán a cabo del 29 de septiembre al 14 de octubre, en los horarios de 8:00 a 10:00 a. m., 10:00 a. m. a 12:00 m., 2:00 a 4:00 p. m y 4:00 a 6:00 p. m. Es de aclarar que quienes no puedan asistir en la fecha y hora en la que fueron citados pueden acudir a otra sesión en los horarios y fechas establecidos en cada municipio.
Es importante señalar que, tal como lo ha reiterado en diferentes oportunidades el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, los jurados de votación desempeñan dos de las tareas más determinantes del proceso electoral: contar los votos y diligenciar de manera manual los formularios E-14 o actas electorales.
También es de reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar las funciones o las abandonen podrían ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes ($14.235.000). En el caso de los menores de edad, deberán contribuir a socializar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil a la comunidad joven de su territorio durante cuarenta (40) horas.
El rector de la entidad educativa a la que pertenece verificará el cumplimiento de esta disposición.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días siguientes a la votación. Por su parte, los jurados de votación menores de edad obtendrán veinte (20) horas de servicio social estudiantil obligatorio.