Tribunal Superior de Bogotá admite tutela de Gustavo Bolívar y Carolina Corcho contra el CNE

La Magistrada Karen Lucía Castro Ortega, del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, admitió hoy la acción de tutela interpuesta por Carolina Corcho y Gustavo Bolívar, precandidatos presidenciales del Pacto Histórico a la consulta popular del próximo 26 de octubre, interpuesta contra el Consejo Nacional Electoral, debido a las limitaciones impuestas al derecho fundamental a la participación, derivadas de la resolución 09673 del pasado 17 de septiembre.
Por su parte, la precandidata Carolina Corcho, desde ya hace un llamado a los militantes de los movimientos que integran el Pacto Histórico a que se pronuncien frente al trámite constitucional en las próximas 24 horas, anticipándose de esta forma a lo indicado en el auto emitido por la magistrada Castro Ortega.
La tutela presentada con carácter de urgencia, se orientó a defender los derechos fundamentales a la participación política, el debido proceso y la igualdad, dado que el próximo viernes 26 de septiembre vence el plazo para la inscripción de candidaturas ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, de quienes participarán en la consulta establecida y acordada de forma unánime por los partidos que integran el Pacto Histórico.
Los accionantes ante el Tribunal, solicitaron levantar el condicionamiento que restringe la participación impuesta por el CNE en relación -entre otras- con el cierre de las investigaciones administrativas señaladas en su resolución. Este es el caso de lo actuado por el propio CNE al aprobar la escisión del Polo Democrático para dar personería jurídica a Dignidad. El Polo respondería por eventuales sanciones a las investigaciones en curso. Sin embargo, con la resolución del 17 de septiembre, el organismo electoral modificó la jurisprudencia existente para un caso de similares circunstancias a la planteada.
 
El pronunciamiento de la Magistrada indica que el CNE debe presentar “en el término improrrogable de un día (1)” las pruebas que considere necesarias y ejercer el derecho de defensa y contradicción, en respuesta a la tutela presentada. Del mismo modo, vincula a los militantes de los partidos y movimientos políticos a pronunciarse frente al trámite constitucional en un plazo de 48 horas.